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¡Evite incidentes! conoce las normas para ascensores y piscinas

¡Evite incidentes! conoce las normas para ascensores y piscinas

La normatividad establecida para ascensores y piscinas, buscan evitar accidentes, problemas de salud y proteger la vida de los usuarios; para lo cual es necesario que como residente o usuario conozca las reglamentaciones y reflexione sí en su conjunto residencial o empresa se están aplicando.

Conoce la normatividad establecida para los ascensores y piscinas:

Normatividad para Ascensores:

Acuerdo 0450 de 6 de diciembre de 2018 expedido por el Concejo de Santiago de Cali. “Por el cual se establece como obligatoria la revisión general de los sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas en Santiago de Cali y se dictan otras disposiciones”.

Entiendase como transporte vertical a Ascensores electromecánicos e hidráulicos y escaleras mecánicas y andenes móviles; dentro de las revisiones básicas está:
 
  • Comprobar los componentes de cabina.
  • La alarma, verificar el arranque, la parada, la nivelación, revisar la apertura y cierre de puertas de la cabina.
  • Asegurarse del funcionamiento y señalización de las puertas de los pisos.
 
Normatividad para Piscinas:
 
El Artículo 11 de la Ley 1209 establece las normas mínimas de seguridad, en las piscinas de todo el territorio nacional donde toda persona natural o jurídica, pública o privada, que preste el servicio de piscina, deberá acatar obligatoria mente las siguientes normas mínimas de seguridad: No se debe permitir el acceso a menores de doce (12) años sin la compañía de un adulto.
  • El agua de la piscina deberá mantenerse limpia y sana, cumpliendo los requisitos higiénico-sanitarios establecidos por la respectiva autoridad sanitaria.
  • Se deberá tener un botiquín de primeros auxilios con material para curaciones.
  • Deberán permanecer en el área de la piscina por lo menos dos (2) flotadores circulares con cuerda y un bastón con gancho.
  • En letra grande y legible debe estar escrito la profundidad máxima de la piscina.
  • Es obligatorio implementar dispositivos de seguridad homologados, como son: barreras de protección y control de acceso a la piscina, detectores de inmersión o alarmas de agua que activen inmediatamente un sistema de alarma provisto de sirena y protección para prevenir entrampamientos.
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